Brasil va por la protección legal de salarios y ahorros en bitcoin
Un conjunto de diputados federales discute la posibilidad de prohibir la incautación de bitcoin (BTC) y otras criptomonedas por montos de hasta 40 salarios mínimos en Brasil.
Un proyecto de ley que se discute en la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJC) del Congreso de Brasil pide la prohibición del embargo de los ahorros y depósitos de nómina con montos inferiores a los 40 salarios mínimos en dinero fíat. Sin embargo, en su última enmienda, se incluyeron las criptomonedas como propiedad a ser protegida para los trabajadores brasileños.
En el debate más reciente el diputado Fernando Marangoni manifestó la necesidad de que la ley proteja los bienes de los trabajadores, y que se extienda hasta las criptomonedas como bitcoin y otros activos financieros.
De esta forma el artículo 833 de la normativa propuesta sufrirá un cambio para impedir que ciertos bienes, incluyendo a bitcoin, sean confiscados de la cuenta nómina de los empleados para satisfacer a terceros y acreedores.
Ahora la norma impide la confiscación de sueldos, pensiones y ahorros, incluso si estos se mantienen en bitcoin.
Así que, en la nueva versión del artículo 833, “son inembargables los activos financieros, incluidos los activos virtuales regulados por la Ley N° 14.478 o Ley de Criptoactivos del 21 de diciembre de 2022, mantenidos en cualquier tipo de cuenta de depósito, hasta el valor equivalente a 40 salarios mínimos”.
Como lo informó CriptoNoticias, la Ley Bitcoin o Ley de Criptoactivos, fue aprobada bajo decreto presidencial en junio pasado y se espera la publicación del reglamento por parte del Banco Central de Brasil para que la normativa tenga mayor alcance.
Mientras tanto, el Proyecto de Ley número 4420/21 presentado por el diputado Carlos Bezerra pretende ofrecer mayor protección a los bienes de los trabajadores del país suramericano.
El legislador Carlos Bezerra afirma que los préstamos que las empresas hacen a sus empleados son depositados en sus cuentas de nómina, lo cual les otorga carácter salarial.
En la actualidad el Código de Procedimiento Civil de Brasil garantiza la inembargabilidad del salario del deudor, el cual se extendería al salario en bitcoin o criptomonedas en caso de que el proyecto se convierta en ley.
“El hecho de que las cuotas [depósitos o deducciones de nómina] afecten directamente la remuneración del trabajador hace razonable establecer un blindaje para estos valores”, señaló Bezerra el año pasado.
Para que la propuesta se convierta en ley será necesario que sea aprobada por la mayoría de los legisladores de la CCJC y otras comisiones que analizan el proyecto, además de la mayoría del Pleno de la Cámara y del Senado Federal.
La propuesta de Bezerra ha venido avanzando en el Congreso junto a otro proyecto de ley que plantea prohibir el embargo de bitcoin cuando sus propietarios son demandados.
El embargo es una retención por orden judicial de un bien perteneciente a una persona, para asegurar la liquidación de una deuda, el pago de los costos judiciales o el pago de la responsabilidad derivada de un delito.
De tal manera que, de aprobarse la propuesta quedaría prohibido en Brasil la posibilidad de embargar los fondos en bitcoin por un valor equivalente a 40 salarios mínimos, siempre que se trate de demandas o que los fondos estén asociados a cuentas de nómina.
La medida será válida siempre que el monto ahorrado sea la única propiedad monetaria que esté a nombre del deudor, salvo posible abuso, mala fe o fraude, que se compruebe según las circunstancias del caso concreto.